El Ministerio de Transporte ha informado que los propietarios o tenedores de vehículos venezolanos en Norte de Santander pueden solicitar la cancelación del registro, según un concepto emitido en respuesta a una consulta de la secretaría de Hacienda del Departamento. Aunque el Ministerio considera que la cancelación es posible, la Hacienda departamental afirma que la ley que creó el tributo sigue vigente.

La Ley 1955 de 2019 establece en su artículo 121 la obligación de registro de vehículos venezolanos que ingresaron al país y se encontraban circulando en la jurisdicción de los departamentos fronterizos. Sin embargo, la norma no menciona la cancelación del registro, lo que llevó al Ministerio de Transporte a señalar que quienes solicitaron el registro pueden solicitar su cancelación.

El secretario de Hacienda del departamento, Sergio Entrena, explicó que los contribuyentes deben realizar la solicitud en las secretarías de Tránsito donde están matriculados. Sin embargo, la cancelación solo procederá una vez se salden las obligaciones pendientes del vehículo.

El abogado José Gregorio Botello señaló que el Ministerio de Transporte deja claro que cualquier persona puede solicitar la cancelación del registro, ya sea porque vendió el vehículo o porque lo trasladará al país de origen (Venezuela). Sin embargo, las autoridades de Tránsito no podrán inmovilizar el vehículo, y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) decidirá su destino una vez cancelado el registro.

A pesar de la cancelación del registro, el abogado y profesor universitario Carlos Alberto Jaimes indicó que los propietarios pueden circular libremente por Norte de Santander, ya que existen tratados internacionales que respaldan la libre movilidad en zonas de frontera como Cúcuta.

En cuanto a la internación temporal de vehículos con matrícula extranjera en zonas de frontera, Jaimes mencionó que esta medida está vigente para modelos a partir del año 2017 y siguientes

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