Durante el primer debate sobre la reforma laboral en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes, se logró la aprobación de 16 de los 98 artículos que comprenden el proyecto, marcando hitos significativos en aspectos cruciales del ámbito laboral.
Le puede interesar: ¡Alarma por Cambio en la Corte Constitucional! Iván Duque Alerta sobre Posibles Intenciones del Gobierno de Petro
Entre los puntos clave, se destaca la definición del horario diurno y nocturno, así como la remuneración en días festivos y dominicales. El horario diurno abarca de 6:00 a.m. a 7:00 p.m., mientras que el nocturno comprende de 7:00 p.m. a 6:00 a.m.
En cuanto a la remuneración en días festivos y dominicales, se establece un recargo del 100% sobre el salario ordinario por las horas laboradas en dichos días, con incrementos graduales hasta alcanzar el 100% en julio de 2026.
La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, expresó su satisfacción por el avance del proyecto, destacando que este quedó suspendido hasta el 2024. Resaltó la importancia de mantener un equilibrio entre los derechos laborales y la generación de empleo: «La perspectiva de este gobierno es transitar a los gobiernos, pero sobre todo que la generación de empleo no puede hacerse en la base de la destrucción de los derechos».
En el debate, se aprobaron 14 artículos adicionales, entre ellos medidas para erradicar la violencia, acoso y discriminación laboral, seguridad social en plataformas digitales de reparto, participación en el trabajo decente para comunidades étnicas y estímulos para el empleo sostenible.
Uno de los aspectos destacados fue el artículo 30, centrado en la seguridad social y riesgos laborales en plataformas digitales de reparto. Establece obligaciones de pago de seguridad social por parte de las empresas de plataformas de reparto y la garantía de cubrimiento en riesgos laborales, enfatizando el aporte de la empresa en relación con los trabajadores independientes.